Para asegurarte de pagar lo mínimo posible, es fundamental contar con un buen asesoramiento y verificar que aplicas todas las bonificaciones y deducciones disponibles. Aceptar el borrador de manera apresurada no garantiza un reembolso más rápido. Lo barato puede salir caro; confía tu declaración de impuestos a profesionales.
Si no has presentado tu declaración de la renta a tiempo, nunca es tarde. Nosotros la preparamos y presentamos por ti, garantizándote todas las deducciones posibles. No esperes a que Hacienda te lo exija; si se te ha pasado hacerla, hazlo ahora.
Antes de poder recibir el subsidio por desempleo, es fundamental estar registrado en el SEPE. Nosotros podemos encargarnos de este trámite por ti. Una vez completada la pre-inscripción, en caso necesario, el SEPE se pondrá en contacto contigo por teléfono o correo electrónico.
Dispones de un plazo de 15 días, a partir de tu despido o la finalización de tu contrato, para realizar esta inscripción en el SEPE como solicitante de empleo.
¿Te has encontrado con dificultades al intentar obtener una cita en la seguridad social para iniciar el trámite de tu jubilación? Nosotros te proporcionamos orientación sobre los documentos requeridos y los presentamos por ti. Completamos el formulario de solicitud pertinente y adjuntamos toda la documentación necesaria. En pocos días, recibirás una notificación con la resolución de tu jubilación. Todas estas gestiones las realizamos de manera digital en colaboración con el INSS.
Después del nacimiento de tu hijo, tienes un plazo de 3 meses en el que no es obligatorio contar con la tarjeta sanitaria individual del bebé. Pasado este periodo, es necesario solicitar la tarjeta sanitaria de tu hijo como beneficiario del padre o la madre. Nosotros nos encargamos de llevar a cabo este trámite por ti.
¿Recientemente has sido padre o madre y te sientes perdido/a con la gestión de la documentación? Estamos aquí para asistirte en este proceso. Nos encargamos de completar los formularios necesarios para que los firmes y los envíes. El documento que necesitas completar es la solicitud de prestación por Nacimiento y Cuidado del menor. Desde el 1 de Enero de 2021, el periodo de descanso es de 16 semanas tanto para la madre como para el padre.
Cuando alquilas una vivienda, el propietario tiene la obligación de depositar una fianza en la Comunidad Autónoma. Por otro lado, el inquilino debe presentar el ITP, que desde el año 2020 está exento de pago pero aún debe ser presentado. Si no se cumplen ambas obligaciones, el inquilino no podrá deducir el pago del alquiler en su declaración de la renta, siempre y cuando cumpla con los demás requisitos necesarios.
¿Estás teniendo dificultades para comunicarte con la Seguridad Social? Cuéntanos qué trámites necesitas realizar y te brindamos nuestra asistencia para gestionarlos. Nos encargamos de presentar por registro la documentación que te hayan requerido.
También te facilitamos la realización de trámites con las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal sin que tengas que moverte de casa.
Los particulares también requieren asesoramiento fiscal. Por ejemplo, si deseas donar dinero a tus hijos para la compra de una vivienda, podrías estar exento de tributación si cumples ciertos requisitos. Si planeas realizar un préstamo entre particulares, es importante conocer tus obligaciones.
Te recomendamos buscar asesoramiento fiscal antes de llevar a cabo cualquier trámite.
Si tienes dudas sobre tu situación laboral, estamos aquí para asesorarte. Infórmate sobre tus derechos como trabajador y verifica si la empresa está cumpliendo con sus obligaciones como empleador.
Si tu empleado doméstico trabaja más de 60 horas al mes en tu hogar, estás obligado a registrarle. Te informamos sobre los costos de seguridad social y el salario mínimo que debes pagarle. En la mayoría de los casos, podemos registrar al empleado doméstico de forma inmediata. No esperes a obtener una cita en la seguridad social para llevar a cabo este trámite.
Si formas parte de una familia numerosa y aún no has obtenido la tarjeta correspondiente, nosotros nos encargamos de solicitarla por ti y gestionar su envío a tu domicilio. No necesitas desplazarte a ninguna entidad pública, nosotros nos ocupamos de completar y presentar la solicitud por ti.
Para asegurarte de pagar lo mínimo posible, es fundamental contar con un buen asesoramiento y verificar que aplicas todas las bonificaciones y deducciones disponibles. Aceptar el borrador de manera apresurada no garantiza un reembolso más rápido. Lo barato puede salir caro; confía tu declaración de impuestos a profesionales.
Si no has presentado tu declaración de la renta a tiempo, nunca es tarde. Nosotros la preparamos y presentamos por ti, garantizándote todas las deducciones posibles. No esperes a que Hacienda te lo exija; si se te ha pasado hacerla, hazlo ahora.
Antes de poder recibir el subsidio por desempleo, es fundamental estar registrado en el SEPE. Nosotros podemos encargarnos de este trámite por ti. Una vez completada la pre-inscripción, en caso necesario, el SEPE se pondrá en contacto contigo por teléfono o correo electrónico.
Dispones de un plazo de 15 días, a partir de tu despido o la finalización de tu contrato, para realizar esta inscripción en el SEPE como solicitante de empleo.
¿Te has encontrado con dificultades al intentar obtener una cita en la seguridad social para iniciar el trámite de tu jubilación? Nosotros te proporcionamos orientación sobre los documentos requeridos y los presentamos por ti. Completamos el formulario de solicitud pertinente y adjuntamos toda la documentación necesaria. En pocos días, recibirás una notificación con la resolución de tu jubilación. Todas estas gestiones las realizamos de manera digital en colaboración con el INSS.
Después del nacimiento de tu hijo, tienes un plazo de 3 meses en el que no es obligatorio contar con la tarjeta sanitaria individual del bebé. Pasado este periodo, es necesario solicitar la tarjeta sanitaria de tu hijo como beneficiario del padre o la madre. Nosotros nos encargamos de llevar a cabo este trámite por ti.
¿Recientemente has sido padre o madre y te sientes perdido/a con la gestión de la documentación? Estamos aquí para asistirte en este proceso. Nos encargamos de completar los formularios necesarios para que los firmes y los envíes. El documento que necesitas completar es la solicitud de prestación por Nacimiento y Cuidado del menor. Desde el 1 de Enero de 2021, el periodo de descanso es de 16 semanas tanto para la madre como para el padre.
Cuando alquilas una vivienda, el propietario tiene la obligación de depositar una fianza en la Comunidad Autónoma. Por otro lado, el inquilino debe presentar el ITP, que desde el año 2020 está exento de pago pero aún debe ser presentado. Si no se cumplen ambas obligaciones, el inquilino no podrá deducir el pago del alquiler en su declaración de la renta, siempre y cuando cumpla con los demás requisitos necesarios.
¿Estás teniendo dificultades para comunicarte con la Seguridad Social? Cuéntanos qué trámites necesitas realizar y te brindamos nuestra asistencia para gestionarlos. Nos encargamos de presentar por registro la documentación que te hayan requerido.
También te facilitamos la realización de trámites con las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal sin que tengas que moverte de casa.
Los particulares también requieren asesoramiento fiscal. Por ejemplo, si deseas donar dinero a tus hijos para la compra de una vivienda, podrías estar exento de tributación si cumples ciertos requisitos. Si planeas realizar un préstamo entre particulares, es importante conocer tus obligaciones.
Te recomendamos buscar asesoramiento fiscal antes de llevar a cabo cualquier trámite.
Si tienes dudas sobre tu situación laboral, estamos aquí para asesorarte. Infórmate sobre tus derechos como trabajador y verifica si la empresa está cumpliendo con sus obligaciones como empleador.
Si tu empleado doméstico trabaja más de 60 horas al mes en tu hogar, estás obligado a registrarle. Te informamos sobre los costos de seguridad social y el salario mínimo que debes pagarle. En la mayoría de los casos, podemos registrar al empleado doméstico de forma inmediata. No esperes a obtener una cita en la seguridad social para llevar a cabo este trámite.
Si formas parte de una familia numerosa y aún no has obtenido la tarjeta correspondiente, nosotros nos encargamos de solicitarla por ti y gestionar su envío a tu domicilio. No necesitas desplazarte a ninguna entidad pública, nosotros nos ocupamos de completar y presentar la solicitud por ti.
Cuando ocurre el fallecimiento de un familiar, disponemos de un plazo de 6 meses para liquidar el impuesto de sucesiones y la plusvalía de los inmuebles. Si necesitas más tiempo, es posible solicitar una extensión un mes antes de que expire el plazo inicial. Los documentos necesarios para llevar a cabo ambos trámites son:
· Certificado de defunción
· Certificado de últimas voluntades y seguros de vida (a solicitar dentro de los 15 días hábiles posteriores al fallecimiento)
· Testamento en caso de existir (solicitar copia autorizada); si no existe, será necesario acudir al notario para realizar la declaración de herederos
· Documentos de identificación del fallecido y de los herederos
· Escrituras de los inmuebles
· Certificado de cuentas bancarias con fecha de fallecimiento
Aunque en Madrid el impuesto de sucesiones que se abona tras el fallecimiento de una persona está bonificado en un 99%, es imprescindible llevar a cabo el proceso, abonarlo y presentarlo ante la hacienda de la Comunidad de Madrid. Del mismo modo, es obligatorio liquidar la plusvalía de los inmuebles. La gestión de una herencia puede ser un proceso prolongado y complejo que requiere diversos certificados y la conciliación de todos los herederos. Nosotros nos encargamos de todo el proceso y te brindamos nuestra ayuda.
Cuando ocurre el fallecimiento de un familiar, disponemos de un plazo de 6 meses para liquidar el impuesto de sucesiones y la plusvalía de los inmuebles. Si necesitas más tiempo, es posible solicitar una extensión un mes antes de que expire el plazo inicial. Los documentos necesarios para llevar a cabo ambos trámites son:
· Certificado de defunción
· Certificado de últimas voluntades y seguros de vida (a solicitar dentro de los 15 días hábiles posteriores al fallecimiento)
· Testamento en caso de existir (solicitar copia autorizada); si no existe, será necesario acudir al notario para realizar la declaración de herederos
· Documentos de identificación del fallecido y de los herederos
· Escrituras de los inmuebles
· Certificado de cuentas bancarias con fecha de fallecimiento
Aunque en Madrid el impuesto de sucesiones que se abona tras el fallecimiento de una persona está bonificado en un 99%, es imprescindible llevar a cabo el proceso, abonarlo y presentarlo ante la hacienda de la Comunidad de Madrid. Del mismo modo, es obligatorio liquidar la plusvalía de los inmuebles. La gestión de una herencia puede ser un proceso prolongado y complejo que requiere diversos certificados y la conciliación de todos los herederos. Nosotros nos encargamos de todo el proceso y te brindamos nuestra ayuda.